
La compañía debe presentar una situación superavitaria en términos de capitales mínimos en los estados contables al 31 de marzo de 2019 bajo apercibimiento de encuadrar su situación en el segundo párrafo “in fine” del artículo 31 de la Ley Nº 20.091. La SSN instruyó a la Gerencia de Inspección a realizar las labores necesarias a fin de verificar el cumplimiento de los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución Nº 1.150/2018, en la que ratificaba la inhibición de bienes de Agrosalta.
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